BUENOS AIRES, 21 may (Xinhua) — El Gobierno de Argentina limitó el derecho a huelga al ampliar las actividades consideradas esenciales, mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que se publicó este miércoles en el Boletín Oficial. La norma establece como “servicios esenciales” los servicios sanitarios y hospitalarios, así como el transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios y los servicios farmacéuticos; la producción, transporte y distribución y comercialización de agua potable, gas y otros combustibles y energía eléctrica, y los servicios de telecomunicaciones, incluyendo internet y comunicaciones satelitales. Los servicios esenciales, según el decreto 340/2025, deben contar con una cobertura del 75 por ciento de la prestación normal. La norma también incluyó como servicio esencial a la aeronáutica comercial y el control de tráfico aéreo y portuario; los servicios aduaneros y migratorios, y los vinculados al comercio exterior; el cuidado de menores y la educación de niveles guardería, preescolar, primario y secundario, así como la educación especial, y el transporte marítimo y fluvial de personas, mercaderías o carga, servicios conexos y operaciones costa afuera. Además, listó una serie de actividades o servicios considerados de “importancia trascendental”, en los cuales en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50 por ciento de la prestación normal. En la categoría quedaron incluidos la producción de medicamentos o insumos hospitalarios; el transporte terrestre y subterráneo de personas o mercaderías; los servicios de radio y televisión; las actividades industriales continuas, incluyendo siderurgia y la producción de aluminio, la actividad química y cementera, y la industria alimenticia en toda su cadena de valor. También se anotó en la categoría a la producción y distribución de materiales de la construcción; servicios de reparación de aeronaves y buques; los servicios aeroportuarios y logísticos; la actividad minera y la frigorífica; correos; distribución y comercialización de alimentos y bebidas; la actividad agropecuaria y su cadena de valor; los servicios bancarios, financieros, hoteleros y gastronómicos, y el comercio electrónico, así como la producción de bienes y servicios de toda actividad que estuvieran afectados a compromisos de exportación. La medida lleva la firma del presidente de Argentina, Javier Milei, y la adhesión de los ministros Gerardo Werthein (Relaciones Exteriores), Luis Petri (Defensa), Luis Caputo (Economía), Mariano Cúneo Libarona (Justicia), Patricia Bullrich (Seguridad), Mario Lugones (Salud), Sandra Pettovello (Capital Humano) y Federico Sturzenegger (Desregulación del Estado). La norma fue cuestionada por diversas entidades y expertos, como la Confederación General del Trabajo (CGT), que emitió un comunicado mediante el que señaló que el Gobierno “intenta suprimir el derecho a huelga en la Argentina de un plumazo y sin debate ni análisis previo”. La central obrera advirtió que la norma restringe el derecho a huelga y cercena esa facultad a “millones de trabajadoras y trabajadores”, y manifestó que “no permanecerá en silencio frente a esta grave avanzada de un Gobierno que pretende borrar, una vez más, los derechos que tanto costó conquistar y defender”. “El movimiento obrero organizado dará las batallas que tenga que dar, sean en los Tribunales, en la calle o en los puestos de trabajo, para garantizar este y otros derechos amenazados por el Gobierno Nacional”, agregó el boletín de la CGT. Por su parte, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) consideró que el texto “declara que casi todas las actividades laborales tienen que sostener un mínimo de actividad y prohíbe tomar medidas de fuerza que interrumpan tareas”. “La legislación argentina considera esencial solo los servicios cuya interrupción pueda poner en peligro la vida, la salud o la seguridad de la población. Hace más de 20 años que está regulada la huelga en los servicios esenciales y no hay antecedentes de medidas que por el alto acatamiento hayan supuesto riesgos para las personas”, añadió la entidad no gubernamental en su comunicado. El CELS sostuvo que “la enorme extensión de actividades que son amparadas por el decreto avanza sobre los derechos de prácticamente todas las personas con actividad laboral del país, violando derechos reconocidos por la Constitución”. “En el nuevo decreto se menciona que todas estas restricciones están dirigidas a que no se afecten las metas de recaudación asociadas al equilibrio fiscal. La decisión del Gobierno no intenta cuidar la vida de la población, sino el ajuste que está llevando adelante y que es el que provoca la reacción social contra esas medidas. Por eso, más que nunca, la huelga y la protesta son derechos que necesitan protección”, enfatizó la entidad. En tanto, el abogado Matías Cremonte, presidente de la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas, dijo a través de su perfil en las redes sociales que a través del DNU el Gobierno argentino “vuelve a la carga contra el derecho de huelga”, ya que “amplía de tal modo los servicios esenciales que prácticamente prohíbe hacer huelgas”. “La legislación argentina, hasta esta ilegal modificación, siguiendo a la OIT (Organización Internacional del Trabajo) solo consideraba esencial a los servicios cuya interrupción pueda poner en peligro la vida, la salud o la seguridad de la población”, planteó el experto. Fin